Zaragoza CentralZaragoza CentralTarazonaEzcarayEjea de los Caballeros Lun - Ju 09:00-18:00 / Vi 09:00-14:00 976 224 252 Lun - Ju 09:00-18:00 / Vi 09:00-14:00 976 644 169 Lun - Mi 09:00-16:00 Ju 09:00-18:30 Vi 09:00-14:00 941 354 668 Lun - Vi 09:00-14:00 / 16:00 a 19:00 976 662 453
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INFORMACION PREVIA

ENGLOBA- JMC CORREDURIA DE SEGUROS MAÑERO, S.L.U.
Carrera Zaragoza, 7 50500 Tarazona

 

La actividad profesional de los corredores/corredurías de seguros está regulada en el Real Decreto – Ley 03/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea, y entre otros, en el ámbito de los seguros privados, garantizando así la protección de los derechos de los clientes.

Para su conocimiento, y a los efectos legalmente prevenidos, le informamos que esta correduría de seguros:

  • Cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley, estando inscrita en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros con el número de clave J1339, que puede Vd. comprobar en la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dgsfp.mineco.es
  • Tiene suscrita póliza de Responsabilidad Civil Profesional y dispone de capacidad financiera legalmente establecida, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artº 157.1, apartados f) y g).
  • Cuenta con un departamento de atención al cliente externalizado, encargado de atender y resolver sus quejas y reclamaciones, a través de COLEGIO DE MEDIADORES DE SEGUROS DE ZARAGOZA Y TERUEL cuyos datos son los siguientes: SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE, C/ Gran Vía, 11 1º Escalera D Oficina 11-13 50006 ZARAGOZA, email atencionalcliente@mediadores-seguros.com, telf. 976 21 03 01.
  • Tiene establecido el tratamiento de sus datos de carácter personal, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.1 LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • La remuneración percibida por su actividad de correduría reviste únicamente en forma de comisiones.

Los corredores/corredurías de seguros, actuando en nombre de sus clientes, son los únicos profesionales facultados para asesorarle desde la más estricta independencia e imparcialidad, respecto de las entidades aseguradoras. Es por ello, que las ofertas que sometemos a su consideración han sido basadas en un análisis objetivo y personalizado, consistente en analizar un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado en los riesgos objeto de cobertura, de modo que podamos formularle  una recomendación personalizada, atendiéndo a nuestros  criterios profesionales respecto al contrato de seguro que entendemos  es el más adecuado a sus necesidades. En consecuencia, todas las ofertas de productos que siempre sometemos a su consideración, teniendo en cuenta la información que nos ha suministrado y las inquietudes que nos ha transmitido, entendemos son el/los producto/s que mejor encaja/n en sus exigencias y necesidades de cliente.

La correduría informa igualmente al cliente del contenido del artº 21 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, de forma tal que las comunicaciones que el mediador curse a la aseguradora surtirán los mismos efectos como si las realizara el propio interesado (tomador).